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Año: 1983, Fallos: 305:1933 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS JUDICIALES.
Corresponde desechar la denuncia formulada si los informes y Jocumentación acompañados —que descartan la existencia de un obrar «ncuadrable en el mal desempeño por parte del magistrado— resultan satisfactorios y demuestran el desacierto de la imputación, infiriéndose de su contexto que no se ha operado una delegación inadmisible de las facultades del juez, ni ha existido declinación de sus atribuciones ni vacío de autoridad que redunde en desmedro de la corrección y eficacia del servicio, sino, por el contrario, labor personal en el ejercicio de su función jurisdiccional.


ENJUICIAMIENTO DE MAGISTRADOS JUDICIALES,
Corresponde calificar a la denuncia de acuerdo al inc. a) del art, 22 de la ley 21.374, modificado por la ley 21.918 e imponer una sanción a su firmante si las genéricas e indeterminadas afirmaciones del denunciante parecen más dirigidas a desprestigiar la investidura del juez que a colaborar con la correcta administración de justicia. Ello así, pues los magistrados no deben padecer ni individual, ni colectivamente, los injustos efectos de un clima de suspicacias que dañe la propia reputación y el prestigio del Poder Judicial, y toda vez que el juicio político no debe ser tan débil que ampare con la impunidad a los delincuentes o permita el trastorno de la función pública, pero tampoco tan represivo que aliente toda clase de acusacione:, movidas las más de las veces por causas o fines que no son precisamenie las del bien público.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 10 de noviembre de 1983.

Visto el expediente E-112/83, caratulado "doctor Guzzo, Gabriel Francisco s/doctor Aguinaga, Juan Carlos, solicita su enjuiciamiento", y Considerando:

19) Que en estos autos el doctor Juan Carlos Aguinaga promueve el enjuiciamiento del doctor Gabriel Francisco Guzzo —Juez Federal a cargo del Juzgado N9Y 1 de Mendrza— sobre la base del cargo que trae a conocimiento en su escrito de fs. 1/9, y solicita la suspensión o concesión de licencia a dicho magistrado, remitiendo las actuaciones al señor Presidente del Tribunal de Enjuiciamiento.

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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:1933 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-305/pagina-1933

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