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Año: 1983, Fallos: 305:502 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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HUGO A. CAVIGLIA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Resolución contraria.

Los pronunciamientos dictados en materia de competencia que no importen denegatoria del fuero federal, como en el caso, atento que los jueces nacionales en lo penal económico integran e' fuero especial para el juzgamiento de los delitos tipificados en leyes federales, no son revisables en la instancia extraordimria por tratarse de cuestiones de índole procesal, a menos que se encuentren en juego las instituciones fundamentales que el art. 14 de la ley 48 se propone salvaguardar (1).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva. Cuestiones de competencia.

No constituye sentencia definitiva en los términos del art. 14 de la ley 48, ni equiparable a ésta, la decisión que no hizo lugar a la excepción de incompetencia con fundamento en que el hecho que se le imputa al procesado constituía el delito de contrabando calificado, desde que el tribunal no se expidió sobre e' fondo del asunto planteado. Resulta inadmisible el agravio irreparable que invoca la defensa, derivado de la suspensión del procesado en el Registro de Despachantes de Aduana, ya que la calificación del hecho como contrabando no tiene relación directa con el derecho constituciona! a trabajar que se dice conculcado, en tanto la misma medida sería aplicable aunque se lo calificara como defraudación fiscal, OSVALDO HECTOR GONZALEZ v. RINALDELLI TEXTIL S.A.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.

Fundamento.

Lo argitido con base en que la aplicación de la Acordada de la Suprema Corte de "a Provincia de Buenos Aires, por la que se actualizó el monto del recurso de inaplicabilidad de ley para la época en que la apelante lo dedujo, resultaba violatoria del derecho de defensa en juicio por tratarse de una norma posterior al "hecho del proceso", constituye una alegación ') 19 de abril. Causa "La Plata Cereal Co, S.A.C.LA, e 1. c/Administración Nacional de Aduanas", del 14 de diciembre de 1982.

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Año: 1983, CSJN Fallos: 305:502 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-305/pagina-502

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