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Año: 1984, Fallos: 306:1714 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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4) Que, sin perjuicio de la íntima vinculación que guardan los referidos procesos, las denuncias involucran hechos distintos que —en principio — admitirían su juzgamiento por separado, según se determine el lugar en que ellos sc habrían cometido. En tal sentido, corresponde al señor Juez del Juzgado de Instrucción en lo Criminal de Tercera Nominación de la Provincia de Jujuy entender en los hechos aludidos en el considerando segundo de la presente, por cuanto su competencia territorial aparece indiscutida en ese aspecto.

5) Que, por el contrario, en cuanto a los hechos incriminados a Mattos, los magistrados provinciales discrepan en punto al lugar donde se habrían obtenido los cortes de madera. Al ser así, razones de economía procesal determinan la conveniencia de que el mismo tribunal citado en el considerando precedente sea el que conozca, por ahora, en tales sucesos, sin perjuicio de que en el futuro, superadas las dudas al respecto, pueda efectuarse eventualmente un nuevo planico de la cuestión.

Por cllo y habiendo dictaminado el señor Procurador General, se declara la competencia del señor Juez a cargo del Juzgado de Instrucción de Tercera Nominación de la Provincia de Jujuy, para conocer en la investigación de los hechos denunciados por Alex Mattos, como así también, por ahora, de la presunta sustracción imputada al nombrado por parte de las autoridades de la firma "C.A.LS.S.A.". Remítanse los autos al mencionado magistrado. Hágase saber al Juzgado de Instrucción de la Primera Nominación del Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Orán, de la Provincia de Salta.


CARLOS S. FAYr — AuGusto CÉSAR BE-

LLUSCIO — ENRIQUE SANTIAGO PETRAC-
CHI.

ALFREDO MANUEL CANEPA

JUBILACIÓN Y PENSION
Corresponde dejar sin efecto la sentencia que, al confirmar las resoluciones de los organismos previsionales no hizo lugar a la rehabilitación del bene

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Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1714 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-306/pagina-1714

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