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Año: 1987, Fallos: 310:1395 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ha ingresado como agente transitorio y no ha sido transferido a otra categoría por acto expreso de la Administración, pues lo contrario desvirtuaría el Régimen Jurídico Básico de la Función Pública establecido por la ley (confr. sentencia del 5 de febrero de 1987 in re "Ruffolo Bassilotta, Fausto sirecurso judicial arts. 40 a 42 de la ley 22.140", expte. R. 2384. XX.).

13) Que en esas condiciones y no obstante nó haber sido impugnados los actos de designación, sus prórrogas o renovaciones, cabe destacar que no se aprecia que ellos adolezcan de ilegitimidad manifiesta, pues desde su creación el Centro de Frontera de Paso de los Libres contó con una estructura órgánico funcional integrada en su totalidad por agentes transitorios. La mayor o menor conveniencia de recurrir a la creación de tales cargos constituye una decisión de po- lítica administrativa no revisable en sede judicial, por estar limitado el control jurisdiccional de los actos administrativos a los aspectos vinculados con su legitimidad (confr. sentencia del 25 de noviembre de 1986 in re "Ferrer, Roberto Osvaldo c|Mrio. de Defensa s|Resol. n? 361" expte. F.203.XX.; entre otros).

Por eilo, se revoca la sentencia y se rechaza la acción de amparo promovida, con costas a los vencidos (art. 68 del Código Procesal).


AUGUSTO C£sar BELLUSCIO — CARLos S. FAYT
— Jorce ANTONIO Bacquí.

OSCAR MANUEL MONTES v. NACION ARGENTINA (COMANDO xn JEFE ve a FUERZA AEREA) .

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Exclusión de las cuestiones de hecho. Varias.

No procede el recurso extraordinario deducido contra el pronunciamiento que hizo lugar a la demanda iniciada por un suboficial retirado de la Fuerza Aérea, tendiente a lograr la aplicación de la ley 20.508 y del

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:1395 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-310/pagina-1395

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