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Año: 1987, Fallos: 310:2093 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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JOSE ALVAREZ
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gravamen, La circunstancia de que el recurrente se encuentre prófugo obsta a la procedencia de la queja,

PROFUCO. -
El procesado que voluntariamente se sustrae a la jurisdicción de sus jueces, constituyéndose en fugitivo de la justicia que reclama su presencia, carece de derecho para impetrar el resguardo de garantías ante la autoridad que él ha desconocido, y el cumplimiento de preceptos cuya observancia elude, impidiendo por su acto propio su puntual satisfacción.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gravamen. El hecho de que el procesado se encuentre prófugo, no obsta de por sí a la procedencia de la queja (Voto del doctor Carlos S. Fayt).

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 13 de octubre de 1987, Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Mario Angel Pa- yan en la causa Alvarez, José s/denuncia robo s/casación", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que con arreglo a la jurisprudencia del Tribunal, el procesado que voluntariamente se sustrae a la jurisdicción de sus jueces, constituyén- dose en fugitivo de la justicia que reclama su présencia, carece de derecho para impetrar el resguardo de garantías ante la autoridad que él ha desconocido, y el cumplimiento de preceptos cuya observancia elude, impidiendo por su acto propio su puntual satisfacción (confr. A.108. XX "Arce Gómez, Luis s/pedido de extradición por parte de los Estados Unidos de Norteamérica", resuelta el 19 de agosto de 1985, y sus citas). Según resulta del informe agregado a fs. 66, el recurrente se .. encuentra prófugo, circunstancia que, conforme a lo señalado, obsta a la procedencia de la queja.

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2093 
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