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Año: 1987, Fallos: 310:2841 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MIGUEL RODOLFO CASANOVA v. PROVINCIA DE BUENOS AIRES
ACCION DE AMPARO: Actos u omisiones de autoridades públicas. Principios generales. Es improcedente la acción de amparo contra la resolución por la que el Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires denegó la inscripción, con carácter definitivo, del título de dominio de un inmueble (1).

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaría de la Corte Suprema. Causas en las que es parte una provincia. Causas civiles. Causas que versan sobre normas locales y actos de las autoridades provinciales regidos por aquéllas, Es ajeno a la jurisdicción originaria de la Corte el reclamo que remite al examen de actos de derecho público local que no han sido impugna dos como inconstitucionales.

PROVINCIAS. .
El respeto de la autonomía de Jas provincias requiere que se reserve a sus jueces el conocimiento y decisión de las causas que, en lo sustancial, versan sobre aspectos propios del derecho provincial, sin perjuicio, desde lue go, que las cuestiones federales que también puedan comprender esos pleitos sean susceptibles de adecuada tutela por vía del recurso extraordinario (2).

1) 24 de diciembre.

(2) Fallos: 308:2057 ; 308:2467 , 2564; 310:297 , 1075, del 10 de febrero de 1987 en causa: "Dycasa Dragados y Construcciones Argentinas S.A.LC.L. c/Santa Cruz, Provincia de s/cobro de intereses y actualizaciones". .

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:2841 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-310/pagina-2841

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