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Año: 1988, Fallos: 311:1025 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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si venía a poca velocidad, no aplicó los frenos de emergencia (v. fs. 310/ 314). . - .

. Se suma a lo expuesto que las: condiciones de visibilidad eran defectuosas, en tanto no responden a las "normas para los.cruces entre "caminos y vías férreas" aprobadas por la Secretaría de Transporte y Obras Públicas del Ministerio de Economía (v. fs. 520/555, y especial mente fs. 528 vta./529 vta.): En efecto, surge del reconocimiento, judicial . que el conductor tenía una visibilidad sentado en el coche de cuarenta metros, lo que no se ajusta a las exigencias técnicas contenidas en dicha .

reglamentación. - . o En cambio, existen testimonios contradictorios sobre si el conduc tor dela máquina del ferrocarril hizo sonar su silbato. Habida cuenta de que fue sobreseído definitivamente en la causa penal incoada ensu contra, y que esta circunstancia fue valorada por el magistrado inter- .

viniente, cabe suponer que el silbato reglamentario fue utilizado. .

9) Que, en suma, ya sea por aplicación de la teoría del riesgo, opor la necesaria consecuencia de otros factores que revelan la culpa de la demandada, ésta resulta responsable del accidente que motiva este , litigio. Ello porque se ha demostrado que la zona es peligrosa, que el tránsito por la ruta es intenso, y que las condiciones de visibilidad y señalización no eran óptimas. Establecido ello, corresponde determinar si ha mediado también culpa de la víctima en la producción del accidente. - .

. 10) Que enla consideración de este tema debe tenerse en cuenta que mientras, en principio, el maquinista puede proseguir su marcha, el automovilista debe reducir la velocidad y, de ser necesario, detener completamente la marcha al emprender el cruce. Asimismo, la inexistencia de barreras obliga a quien traspone las vías a asumir mayores — precauciones, ya que debe cerciorarse por sí mismo si se aproxima — algunalocomotora y detenerse para darle peso. Ello porque, justamen- — - te, la falta de barreras implica la ausencia de señales que autoricen el paso, lo que obliga al conductor a extremar los cuidados antes de llevarlo a cabo. - - Sobre esa base cabe entender que la víctima del accidente no está exentaderesponsabilidad enla producción del hecho. Como sostiene la

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1025 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-1025

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