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Año: 1988, Fallos: 311:1708 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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— quesepracticará conforme a lo establecido en él considerando 3?, y las costas del juicio. . . José SEvero CABALLERO — AUGUSTO CÉsar E . BeLLuscio — CArLos S. FAyr — ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCHI — JORGE
ANTONIO Bacqué.

MAGNA R. TORCIVIA De NAVARRO NIETO y OTROS v. DIRECCION NACIONAL De VIALIDAD .

DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Accidentes de tránsito.

No puede responsabilizarse ala Dirección Nacional de Vialidad por el accidente ° provocado por el impacto de una fuerte masa de agua que, como consecuencia de , — las lluvias caídas, avanzó por el cauce de un río eirrumpió en una ruta nacional, arrastrando a un automotor, si no se ha probado la relación causal entre la conducta imputada a ese organismo y la producción del accidente, que aparece 7 originado por los efectos de los elementos naturales. FALLO DE LA CORTE SUPREMA "Buenos Aires, 30 de agosto de 1988.

— Vistos los autos: "Torcivía de Navarro Nieto, Magna Rita y otros —_ e/ Dirección Nacional de Vialidad s/ daños y perjuicios", de los que Resulta: - I) Afs. 102/109 se presenta la Sra. Magna Rita Torcivía de Navarro Nieto por sí y en representación de sus hijas menores Delia Rosana, Rita Gabriela y María Carla Navarro Nieto e inicia demanda contra la Dirección Nacional de Vialidad. Dice que el día 31 de diciembre de 1981 se produjo el fallecimiento de su esposo, Carlos Alberto Navarro Nieto, y el de su hijo menor, Carlos Alberto Torcivía, en circunstancias en que el áutomóvil en que viajaban conjuntamente con otros integrantes del grupo familiar fue arrastrado , por una fuerte correntada del río Las Barrancas ó Duraznillos, ubicado a unos dos kilómetros de la Ciudad de La Rioja. - .

7 . , . a .

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:1708 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-1708

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