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Año: 1988, Fallos: 311:906 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL SUSTITUTO
Suprema Corte: .

La Cámara Federal de Apelaciones de la ciudad de La Plata en su sentencia del 9 de mayo de 1986 modificó el pronunciamiento dictado por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas el 3 de abril de 1984 fs. 1105/33) en cuanto condenaba al capitán Héctor Jorge Santa Ana a cumplir la pena de dos años y seis meses de prisión, con la accesoria de destitución, por los delitos de homicidio culposo y encubrimiento, en concurso real, imponiéndole la pena de cuatro años de prisión, destitución, accesorias legales y costas, en orden al delito de abandono de personas con resultado de muerte en concurso ideal con el de encubrimiento. Además, confirmó el referido fallo castrense en cuanto había condenado al subteniente Eduardo Antonio Najle a la pena de tres años de prisión con la accesoria de destitución por los delitos de homicidio culposo y abuso de autoridad reiterado, ambos en concurso real; a dicha sanción agregó la de inhablitación por igual término para desempeñar cargos públicos y las costas del proceso. Asimismo confirmó la condena del subteniente Héctor Oscar Enriz a la pena de dos años de prisión menor por el delito de abuso de autoridad reiterado, agregándole la de inhabilitación especial para ocupar cargos públicos por igual término, y costas. Confirmó también la condena del cabo I° Néstor Darío Vargas a la pena de cinco años de prisión como autor del delito de homicidio preterintencional en concurso real con abuso de autoridad, este último en concurso ideal con lesiones leves reiteradas, a la que agregó las accesorias legales, inhabilitación especial para ocupar cargos públicos por cinco años, y las costas; y la condena del cabo I° Eduardo Segundo Gajardo a la pena de tres años de prisión por el delito de homicidio preterintencional, a la cual añadió la inhabilitación especial para desempeñar cargos públicos por igual tiempo, y las costas. Por otra parte modificó el pronunciamiento del Consejo Supremo en cuanto había condenado al cabo I° Luis María Pelazza a un año de prisión menor por el delito de abuso de autoridad, imponiéndole dos años de prisión menor, inhabilitación especial para desempeñar cargos o empleos públicos por igual término y costas, como autor penalmente responsable del delito de abuso de autoridad en concurso real con el de lesiones leves reiteradas.

Contra esa sentencia interpusieron recurso extraordinario los señores letrados defensores del capitán Santa Ana (fs. 1417/37) y del

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:906 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-906

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