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Año: 1988, Fallos: 311:904 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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existieron factores agravantes con posterioridad al distracto, circunstancia que no fue invocada por la demandada ni aparece demostrada.


CONTRATO DE TRABAJO.
Debe actuarse con cautela para llegar a la denegatoria de beneficios reconocidos por las leyes laborales (1).

HECTOR JORGE SANTA ANA y OTROs RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Fundamento, .

Si el recurso extraordinario se lo fundó en la violación del derecho de defensa, el recurrente debió ponderar la probanzas que según invoca: se vio impedido de producir, a fin de señalar la influencia que hubieran tenido para modificar la decisión impugnada en sentido favorable a su pretensión.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Fundamento. No cabe acoger el remedio federal si el escrito mediante el cual se lo articula no incluye una crítica concreta y razonada de los argumentos que sustentan la sentencia recurrida, RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Principios generales.

La doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto corregir en tercerá instancia sentencias equivocadas o que el apelante considere tales a raíz de su discrepancia con el alcance atribuido por el juzgador a principios y normas de derecho común o con la valoración de la prueba, sino que reviste carácter estrictamente excepcional. . 1) Fallos: 308:1104 . Causas: "Cerdá, Pedro e/ Y.P.F." del 3 de diciembre de 1985; Giguragos, Jorge D. c/ Y.P.F." del 15 de mayo de 1986.

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Año: 1988, CSJN Fallos: 311:904 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-311/pagina-904

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