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Año: 1990, Fallos: 313:1347 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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FALLO DE LA CORTE SUPREMA"
Buenos Aires, 11 de diciembre de 1990.

Vistos los autos: "Montalvo. Ernesto Alfredo p.s.a. inf. ley 20.771", Considerando:

1) Que contra la sentencia de la Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, que rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 6° de la ley 20.771 y condenó a Ernesto Alfredo Montalvo a la pena de tres meses de prisión de ejecución condicional, por considerarlo autor del delito de tenencia de estupefacientes, interpuso la defensa recurso extraordinario a fs. 97, que fue concedido a fs. 114. . 2") Que el hecho que dio origen a esta causa fue comprobado cl 8 de junio de 1986 cuando el procesado, junto con otra persona, cra llevado detenido en un automóvil de alquiler, por presumirse que podría estar vinculado a la sustracción de dólares. Al llegar a la dependencia policial y descender del vehículo, Montalvo arrojó una bolsita que contenía 2.7 grs. de marihuana, hecho que reconoció al prestar declaración indagatoria a fs. 26.

En primera instancia Montalvo había sido condenado a la pena de un año de prisión de ejecución condicional y un mil australes de multa, por considerársclo autor del delito de tenencia de estupefacientes. en los términos del art. 6° de la ley 20.771.

La Cámara. ante la vigencia de la ley 23.737 pendiente la apelación del procesado. modificó la tipificación legal de la conducta a El atribuída, por aplicación del art. 2" del Código Penal y la subsumió cn el art. 14. segunda parte.

de la ley 23.737, al tiempo que disminuyó la pena. que fijó en tres meses de prisión de ejecución en suspenso. Asimismo, señaló el a quo que no correspondía pronunciarse sobre la inconstitucionalidad del art. 6 de la ley 20.771, por haber sido virtualmente desconocida por cl Poder Legislativo, al incriminar la ley 23.737 la tenencia de estupefacientes en general y para uso personal en cl art. 14, primera y segunda parte, respectivamente.

3 Que la defensa fundó la apelación extraordinaria en la doctrina de la arbitrariedad. gravedad institucional y cn la inconstitucionalidad de la norma

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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:1347 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-313/pagina-1347

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