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Año: 1990, Fallos: 313:524 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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524 313 . CESAR MOYA v. HERSEC S.A.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por las personas. Entidades autárquicas nacionales, Si la responsable ante el Banco Hipotecario Nacional es la cooperativa tomadora del mutuo hipotecario con el que se financió un complejo habitacional, el hecho consistente en el retiro de artefactos instalados en las unidades, de constituir delito, no afecta de modo efectivo y directo el patrimonio de dicho banco, sino a la entidad civil, por lo que el caso debe excluirse de la competencia federal (1). .


CARMEN JACINTO ACOSTA
JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio, Lugar del delito.

En las infracciones al art. 44 del decreto-ley 15.348, la conducta típica se desarrolla en el lugar enel que se dispone del bien gravado sustrayéndolo del conocimiento del acreedor y de suesfera _.

de control, debiendo presumirse por tal el domicilio del deudor (2).


MARCELO D. SALVATORI v. MILLEVICH DE AURE
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Por la materia. Causas excluidas de la competencia federal. .

Corresponde excluirde la competencia federal, a aquellos delitos vinculados conlaidentificación | de automotores, cuando'los hechos carecen de entidad suficiente para producir un perjuicio al Registro Nacional de la Propiedad del Automotor ounacbstruccióna su nomial desenvolvimiento 6) 1) 12 de junio. Fallos: 311:1995 ; 312:1311 , 311:1995 ; 311:1311 .

2) 12 de junio. Fallos: 310:2265 .

3) 12 de junio. Fallos: 300:1059 ; 302:185 ; 303:1607 . Causas: "Ventura, Víctor". "Franco, Guillermo" y "Cifuentes, Rogelio", del 12 de abril de 1988, 16 de noviembre de 1989 y8de febrero de 1990, respectivamente.

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Año: 1990, CSJN Fallos: 313:524 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-313/pagina-524

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