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Año: 1991, Fallos: 314:1719 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ingresó a la Universidad de referencia en 1953, habiendo acreditado a lo largo de su desempeño capacidad, dedicación y eficiencia; b) que en 1969 sc dispuso su cesantía, encubierta en un cese por prescindibilidad, con la cita del art. 3° de la ley 17.343, con abuso y desviación de poder; c) que el 8 de agosto de 1973, con la instalación de un gobierno constitucional, presentó solicitud de reincorporación, la cual no fue acogida; d) que en 1976 volvió a plantear idéntica solicitud, la cual fue también desestimada sin razones válidas. .

El 26 de junio de 1984 -destacó- fue promulgada la Ley 23.068 que, en suart. 10, prevé las reincorporaciones del personal no docente cesanteado o prescindido por motivos políticos, gremiales o conexos. Al considerar que su caso encuadraba dentro de los cánones de la citada ley, presentó el 2 de agosto de esc mismo año un nuevo pedido de reincorporación, el cual -dijofue desestimado luego de diversos dictámenes adversos de la Comisión Mixta y del Director de Asuntos Jurídicos, en lo sustancial porque °— interpretó que los alcances de la mencionada-norma. legal se limifan al período del último-gobierño de facto y que la medida que dispuso su prescindibilidad en'1969 debió controvertirse durante el subsiguiente gobierno constitucional, en el marco de la ley 20.506 sancionada en 1973.

—I— La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, por su Sala B, revocó la sentencia del juez de primera instancia que había rechazado la demanda.

Luego de una serie de argumentaciones que se hacen cargo de los agravios que había vertido el actor contra lo resuelto por el juez, que me excuso de referir por carecer a esa altura de implicancia, el a quo concluyó, en apretada síntesis, que no era razonable limitar los alcances de la mentada ley 23.068, al último período de facto, con relación al régimen de reincorporaciones que consagra. Analizó, a tal efecto, el contenido de las intervenciones de los miembros del Senado que se expidieron en los debates que precedieron a la sanción de la ley, tras distinguir entre el tema de los concursos y el tema en sí de las reincorporaciones.

Hizo, por ende, lugar a la demanda instaurada.

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Año: 1991, CSJN Fallos: 314:1719 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-314/pagina-1719

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