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Año: 1992, Fallos: 315:1204 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ROBERTO FELIX LAMANDIA v. SECRETARIA be COMUNICACIONES DE LA NACION
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Costas y honorarios. u Existe cuestión federal, aunque los agravios del apelante remitan al examen de cuestiones de índole procesal, cuando la regulación de honorarios practicada al perito no constituye derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias de la causa, particularmente si la solución adoptada afecta el derecho a la justa retribución del experto y lo priva de derechos definitivos incorporados a su patrimonio como consecuencia de las tareas realizadas.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiónes en el pronunciamiento.

Corresponde dejar sin efecto la resolución de la Cámara que reguló los honorarios al perito, si al desconocer al proceso una base regulatoria, excedió el límite de su competencia apelada, habida cuenta de que no mediaban agravios sobre la existencia de un monto del proceso.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos y garantías. Defensa en juicio. Procedimiento » sentencia. .

La competencia de los tribunales de segunda instancia está limitada por el alcance de los recursos concedidos; si se prescinde de esa limitación y se resuelven cuestiones que han quedado firmes, se causa agravio a las garantías consagradas por los afts. 17 y 18 de la Constitución Nacional.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.

Si la Cámara, no obstante afirmar que elevaba la retribución regulada a la experta, en los hechos, al definir numéricamente las pautas dadas por el sentenciante de la instancia anterior, la fijó en una suma ostensiblemente inferior a lo que surgía de aquellas pautas, colocó al único apelante en peor situación que la resultante de la sentencia apelada -reformatio in pejus- lo que importa un menoscabo a las garan tías constitucionales de la defensa en juicio y de la propiedad.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Costas y honorarios.

Lo atinente a la determinación de las bases computables para la regulación de honorarios constituye materia ajena a la instancia extraordinaria, criterio del que no cabe apartarse en el caso en que la recurrente sólo expresa una postura diferente a

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:1204 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-315/pagina-1204

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