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Año: 1994, Fallos: 317:1144 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DISIDENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON RICARDO L EVENE (H) Y DE

LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON AuGusto CÉsar BELLUSCIO, DON
ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI Y DON Gustavo A. BosserT Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación motivó la queja en examen, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja. Hágase saber y, oportunamente, archívese, previa devolución de los autos principales.


RICARDO LEVENE (H) — AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO
PETRACCHI — Gustavo A. Bossert.

MIGUEL ANGEL GONZALEZ v. NUEVO FEDERAL S.A. y Otro RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

Es inadmisible el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que hizo lugar al reciamo por indemnización por accidente laboral deducido con apoyo en el derecho común, en cuanto a la producción del evento dañoso y a la responsabilidad imputada a la empleadora (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes.

Si bien lo atinente al monto de la condena establecida como indemnización por accidente laboral remite al examen de una cuestión de hecho, prueba y derecho común, ajena al recurso extraordinario, lo resuelto admite revisión en supuestos excepcionales en los que la decisión no se encuentra debidamente fundada.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentendas arbitrarias. Procedencia de recurso. Falta de fundamentación suficiente.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que hizo lugar al reciamo por indemnización por accidente laboral, en lo atinente al monto de la condena estableci

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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:1144 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-317/pagina-1144

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