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Año: 1994, Fallos: 317:1826 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Notifíquese y agréguese copia de los precedentes citados.

GusTavo A. BossErr. .


INMAR S.A. v. PROVINCIA DE ENTRE RIOS y OTRO
PAGARE. -
Entablada la acción por un tercero, es improcedente la excepción de inhabilidad de título fundada en que existió abuso de firma en blanco al llenar la fecha del documento que se había dejado en blanco.

ACTOS PROPIOS. - — .

La pretensión de quien entrega un pagaré con la fecha de libramiento en blanco, de existir un abuso de firma en blanco, resulta contraria a sus propios actos, por ser incompatible con el riesgo asumido al efectuar el libramiento en esas

APARIENCIA JURIDICA. .
En determinadas circunstancias el ordenamiento jurídico confiere a determinados actos de transmisión de derechos la misma eficacia que producirían si hubiesen sido cumplidos por el verdadero titular, con independencia de que el transmitente revista o no ese carácter. .

CONSOLIDACION. —.

e Corresponde excluir de la consolidación a los derechos representados en un pagaré, habida cuenta de que el límite cognoscitivo derivado de la abstracción que caracteriza a los papeles de comercio, impide analizar la índole del negocio subyacente a los efectos de su inclusión dentro de aquella estructura.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 20 de diciembre de 1994.

Autos y Vistos; Considerando:

. 19) Que Inmar S.A. promovió demanda ejecutiva contra la Provincia de Entre Ríos por cobro de un pagaré de u$s 75.483,68, fechado

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Año: 1994, CSJN Fallos: 317:1826 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-317/pagina-1826

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