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Año: 1997, Fallos: 320:2119 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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420 2119 los fines del recurso extraordinario en el que se plantea la inconstitucionalidad del art. 17 de la ley 23.771 y violación delos principios de legalidad y defensa en juicio.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

El examen de los requisitos de admisibilidad del recurso extraordinario constituye una cuestión previa, que obliga a la Corte a considerar si al momento de su interposición se fundan adecuadamente aquellas condiciones.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

Es inadmisible el recurso extraordinario deducido contra la sentencia que rechazó el pedido de eximición de prisión: (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso. Fundamento.

Es inadmisible, por falta de fundamentación, el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional que rechazó el pedido de eximición de prisión si, respecto al requisito del tribunal superior, se omitió demostrar la ineficacia de las vías recursivas existentes alos fines de la intervención dela Cámara Nacional de Casación Pena (Disidenca de los Dres. Enrique Santiago Petracchi y Gustavo A. Bossert).


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 3 de octubre de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por los defensores de Carlos Salvador Rizzo en la causa Rizzo, Carlos Salvador s/ incidente de exención de prisión —causa N° 1346—', para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

12) Que contra el pronunciamiento de la Sala || dela Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal que confirmólas resoluciones de primera instancia que habían rechazado los pedidos de

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:2119 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-320/pagina-2119

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