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Año: 1997, Fallos: 320:364 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MARIA SANTOS PEREZ v. INPS-CAJA NACIONAL De PREVISIÓN DE La
INDUSTRIA, COMERCIO y ACTIVIDADES CIVILES
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Seguridad social.

Procede el recurso ordinario de apelación si se trata de una sentencia definitiva dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones de la Seguridad Social y el art, 19 de la ley 24.463 contempla expresamente esta vía respecto de las decisiones emanadas de dicho tribunal.

RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Seguridad social.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que denegó la pensión considerando que las declaraciones testificales no permitían presumir la veracidad de la actividad laboral si el hecho de que las mismas hubieran sido ofrecidas en los formularios oficiales entregados por la demandada imponía a ésta el deber de ordenar su ampliación si los consideraba inadecuados para demostrar la efectiva prestación de los servicios discutidos.

RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Seguridad social.

Era deber de la alzada ordenar la ampliación o la producción total de las declaraciones testificales ofrecidas en formularios oficiales entregados por la demandada, ya que más allá de que tal petición había formado parte de los planteos formulados por la actora, el tribunal tenía el deber procesal de hacerlo, aun frente al silencio de la apelante, tal medida encuentra su origen en el art. 11, segunda parte, de la ley 23.473.


JUBILACION Y PENSION.
Los jueces deben obrar con cautela en el desconocimiento o rechazo de solicitudes de beneficios de naturaleza alimentaria.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 12 de abril de 1997.

Vistos los autos: Pérez, María Santos c/ INPS — Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ pensio nes". .

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Año: 1997, CSJN Fallos: 320:364 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-320/pagina-364

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