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Año: 1998, Fallos: 321:3498 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DISIDENCIA PARCIAL DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR
DON ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ -
Considerando:

Que las cuestiones planteadas en el sub lite encuentran adecuada respuesta en lo resuelto en Fallos: 319:2620 , voto en disidencia parcial del juez Vázquez, en cuanto allí se concluyó acerca de la improcedencia de conceder a los soldados conscriptos accidentados en el cumplimiento de los actos del servicio una reparación fundada en normas del derecho común. Ello sin perjuicio del derecho que le compete al interesado de obtener el beneficio que la ley militar pudiera conceder según las circunstancias del caso.

Por ello, se declara procedente el recurso interpuesto, se revoca la sentencia apelada y se rechaza la demanda (art. 16, segunda parte, de la ley 48). Costas por su orden atento a la índole de la cuestión planteada. Notifíquese y remítase.
ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ.
ADOLFO RUBEN TERZAGHI y orros s/HÁBEas Corrus RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.

Es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) el recurso extraordinario deducido contra el pronunciamiento que hizo lugar al hábeas corpus y admitió el derecho de los internos a recibir las visitas íntimas de sus concubinas.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Resolución. Límites del pronunciamiento.

Si bien las sentencias de la Corte Suprema deben limitarse a lo ¡

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Año: 1998, CSJN Fallos: 321:3498 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-321/pagina-3498

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