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Año: 1999, Fallos: 322:1504 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DISIDENCIA DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES

DON CarLos S. FAYT Y DON Gustavo A. BossERT, Y
DEL SEÑOR JUEZ DOCTOR DON HÉCTOR RopoLFo ORLANDI Considerando:

19) Que contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal que al rechazar el recurso interpuesto por el querellante confirmó la absolución dispuesta en primera instancia, éste dedujo el recurso extraordinario cuya denegación dio lugar a esta presentación directa.

29) Que según surge de las constancias de la causa, Carlos Saúl Menem promovió querella por el delito de injurias contra Fernando Sokolowicz, Ernesto Tiffenberg y Horacio Verbitsky. Expresó que en la edición del diario "Página/12" correspondiente al domingo 30 de octubre de 1994 apareció un artículo titulado "Menem 1999". Allí se expresaba que: "Ni sus compañeros de cautiverio de entonces ni las investigaciones periodísticas posteriores, de Gabriela Cerruti, José Antonio Díaz y Antonio Leuco, registran que Menem haya sido torturado. "Sobre sus mentas personales de la prisión que sufriera, es bueno recordarle que muchos sindicalistas también se vieron privados de libertad, y en condiciones más rigurosas que el señor presidente, ya que no hicieron reconocimiento alguno que les permitiera aliviar su situación" escribió el 2 de julio de 1993 Lorenzo Miguel en una declaración pública. ¿Torturarlo? ¡Si ni siquiera le cortaron el pelo, toda esa patillería que usaba" dijo a este diario el ex embajador en las Naciones Unidas Jorge Vázquez". Con cita del libro "El Jefe" dijo que Lorenzo Miguel afirmó: "Era insoportable. Menem en el buque se pasaba el día llorando, era un maricón". Concluye el artículo en estos términos: "El Presidente parece creer que el nuevo orden internacional se agota con el envío de naves al golfo, las fiestas obscenas de sus hijos en Miami y los negocios de George Bush en la Argentina".

Sobre esta base, el querellante sostuvo que "la transcripción precedente constituye sencillamente, una patraña perfectamente urdida con el propósito de descalificarme gratuitamente y desacreditarme"; que "no hay aquí veracidad sino mentiras" y que "tampoco la invocación de la libertad de prensa, quizás de los más preciados bienes que se disfrutan en la democracia, puede mancillarse para justificar estas injurias".

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Año: 1999, CSJN Fallos: 322:1504 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-322/pagina-1504

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