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Año: 2000, Fallos: 323:1527 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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o 1527 ria dela Corte por lo que corresponde remitirla al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 22, a sus efectos. Hágase saber y cúmplase.

JuLIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLINÉ O'Connor — AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI — Gustavo A. Bossert — ADoLFo Roserto VÁzauez.


MARCELO ANDRES LUZZI
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar del delito.

Son competentes para conocer de las causas por falsificación de instrumentos privados, los tribunales con jurisdicción en el lugar en que éstos hubiesen sido usados, pues allí cabe considerar consumado el delito.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia ordinaria. Por el territorio. Lugar del delito.

Resulta competente el magistrado nacional que previno para seguir conociendo en la causa en la que se investiga la conducta de una persona a quien per sonal policial, al detenerla en jurisdicción provincial, lesecuestró una credencial adulterada de oficial de las Fuerzas Armadas, pues de las constancias de autos no surge el lugar en el que el documento hubiera sido usado y consecuentemente consumado el delito.


DICTAMEN DEL PROCURADOR FISCAL
Suprema Corte:

Entre los titulares del Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 17 y del Juzgado de Garantías N° 4 de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, sesuscitóla presente contienda negativa de competencia en la causa donde se investiga la conducta de Marcelo Andrés Luzzi, a quien, al ser detenido por personal pdicial en jurisdicción

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:1527 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-323/pagina-1527

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