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Año: 2000, Fallos: 323:2982 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Que, sin embargo, en atención a la diversa solución que esta Corte adoptó por mayoría en el aludido caso, se torna abstracta la regulación de honorarios pedida a fs. 49, lo que así se decide. Notifíquese.

ADoLFo ROBERTO VÁZQUEZ. .


EVA SUSANA TOSSINI v. TRANSPORTES METROPOLITANOS GENERAL
ROCA S.A. y orro (PROVINCIA DE BUENOS AIRES) DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Policía de seguridad.

El poder de policía de seguridad que corresponde al Estado no resulta suficiente para atribuirle responsabilidad en un evento en el cual ninguno de sus órganos o dependencias tuvo participación, ya que no parece razonable pretender que su responsabilidad general en orden a la prevención de delitos pueda llegar a involucrarlo a tal extremo, en las consecuencias dañosas que ellos produzcan, con motivo de hechos extraños a su intervención directa.

DAÑOS Y PERJUICIOS: Responsabilidad del Estado. Policía de seguridad. No puede concluirse que la Provincia de Buenos Aires deba intervenir como tercero en el proceso iniciado contra una empresa de transportes a raíz de los daños y perjuicios causados como consecuencia de un accidente sufrido en un viaje en ferrocarril, en la medida en que no se configura el presupuesto de que pueda ser sometida a una eventual acción de regreso. N JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Competencia originaria de la Corte Suprema. Causas en que es parte una provincia. Generalidades.

No corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema la causa en la que no es parte ni tercero citado un Estado provincial (art. 117 de la Constitución Nacional). . uu

DICTAMEN DE LA PROCURADORA FISCAL -
Suprema Corte:

-I-

Eva Susana Tossini, quien dice tener su domicilio en la Capital Federal, promovió la presente demanda, ante el Juzgado Nacional de

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:2982 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-323/pagina-2982

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