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Año: 2000, Fallos: 323:859 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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425 859 que deberá entender en la causa que dio origen al presente incidente el Juzgado de Transición N° 1 del Departamento Judicial de La Matanza, Provincia de Buenos Aires, al que se leremitirá. Hágase saber al Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de Morón, Provincia de Buenos Aires.

JuLiIO S. NAZARENO — EDUARDO MoLiNé O'Connor — AUGUSTO César BeLLuscio — ENRIQue SANTIAGO PETRACCHI — ADoLFo ROBERTO Vázauez.

SALOMON DIAZ
JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Violación de normas federales.

Corresponde que la justicia federal continúe entendiendo en la causa en la que se investiga la desaparición de un menor reción nacido si habría ocurrido en un contexto previsto y definido por leyes federales y relacionado con convenios internacionales — art. || dela Convención interamericana sobre desaparición forzada de per sonas apr obada por ley 24.556 y con jerarquía constitucional otorgada por laley 24.280, art. 1° in finedela ley 24.411, art. 10 dela ley 23.049, art. 5 delaley 23.492, art. 2 dela ley 23.521 y art. 3, inc. 1° de la Convención sobre los Derechos del Niño aprobada por la ley 23.849.

JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia federal. Causas penales. Violación de normas federales.

Corresponde que la justicia federal siga entendiendo en la causa en que se investiga la desaparición de un menor que habría nacido con vida en el campamento sanitario de la Obra Social de la empresa Hierro Patagónico de Sierra Grande Sociedad Anónima Minera Hipasam-si dela lectura de la ley 17.318 y del decreto-ley 18.605 puede determinarse que la Dirección General de Fabricaciones Militares, dependiente de las Fuerzas Armadas tenía el control principal de la gestión, en el que se puede indir la seguridad de sus establecimientos, al menos hasta que mediante el decreto 1894/78 del Poder Ejecutivo Nacional, se leotorga a la Gendarmería Nacional "la jurisdicción sobrelas instalaciones del complejo ferrifero".

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:859 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-323/pagina-859

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