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Año: 2000, Fallos: 323:860 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

—1-

Entre los titulares del Juzgado de Instrucción Penal N° 4 de Viedma, Primera Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro y del Juzgado Federal con sede en ciudad, sesuscitóla presente contienda negativa de competencia en la causa donde se investiga la supuesta sustracción, y consecuente supresión del estado civil y de la identidad, del menor Salomón Díaz, quien habría nacido con vida en el campamento sanitario de la Obra Social de la empresa Hierro Patagónico de Sierra Grande Sociedad Anónima Minera —Hipasam-, ubicada en el predio de la explotación en el departamento de San Antonio, Provincia de Río Negro. Sus padres, Alfredo César y Divia Raquel González, denuncian que a las pocas horas del nacimiento los responsables del hospital les anunciaron que el niño había fallecido pero se negaron a entregarles el cuer po pues lo enviarían a Buenos Aires para hacerle los estudios que ilustrarían sobre las causas del deceso. Así, nunca más tuvieron noticias sobre el destino de sus restos.

El juez provincial declinó la competencia en favor de la justicia federal de Viedma, al compartir los argumentos del agentefiscal quien fundamentó su postura con base en lo siguiente:

A la fecha en que habría acontecido la desaparición de Salomón Díaz, a quien su madre llegó a tener vivo en sus brazos, Hipasam era una empresa perteneciente al Estado nacional y su régimen de seguridad dependía de la Gendarmer fa Nacional. Por otra parte, el hecho denunciado estaría incluido en los acontecimientos del proceso militar iniciado en 1976, lapso en el que se denunciaron una gran cantidad de desapariciones de personas. Y si bien en este caso el nacimiento y desaparición de Salomón Díaz no se habría producido durante el cautiverio de su madre, por las circunstancias de tiempo, modo y lugar corresponde declarar la incompetencia del tribunal local en razón de la materia (fojas 115).

El magistrado federal, por su parte, rechazó el planteo alegando que las consideraciones vertidas por el juez local y por los represen

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Año: 2000, CSJN Fallos: 323:860 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-323/pagina-860

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