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Año: 2003, Fallos: 326:3853 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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puesto en situación de detención preventiva y le había interrogado frecuentemente durante la instrucción preparatoria, estando sus preguntas dictadas por la preocupación de descubrir la verdad. Además, tal Magistrado, a diferencia de sus colegas, conocía ya de forma particularmente profunda, bastante antes de las audiencias y gracias a los diversos medios de investigación que había utilizado durante la instrucción, el o los informes —a menudo voluminosos constituidos por sus trabajos. También se comprende que pueda, a los ojos del interesado, aparecer... formada por anticipado una opinión que pese en el ánimo del tribunal ala hora dela decisión ... el acusado puede ver con cierta alarma la perspectiva del juez de instrucción activamente envuelto en el proceso de revisión... la imparcialidad del tribunal era idónea para aparecer ante el recurrente como abierta a duda... En conclusión... advierte que una interpretación restrictiva del artículo 6.1 -singularmente en cuanto al respeto del principio fundamental delaimparcialidad del juicio- no encajaría con el objeto y la finalidad deesta disposición, visto el lugar eminente que el derecho a un proceso justo ocupa en una sociedad democrática, en el seno del Convenio sentencia Delcourt precitada, serie A, número 11, págs. 14-15, párrafo 25 in fine)" conf. Fallos: 321:3679 —voto del juez Vázquez, considerando 17-.

13) Quela doctrina reseñada fue moderada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en oportunidad de resolver casos posteriores ("Hauschildt" resuelto el 24 de mayo de 1989 y "Sainte-Marie" fallado el 16 de diciembre de 1992) acerca del alcance de la garantía consagrada en el art. 6 de la Convención Europea de Derechos Humanos, expresando que si bien un juez que actúa en la toma de medidas preliminares y luego interviene en la decisión final puede generar dudas razonables respecto de su imparcialidad, ello no implica que ésta necesariamente se encuentra comprometida, pues el tema debe examinar se de acuerdo a las circunstancias particulares de cada caso.

14) Que, no obstante la precisión de la Corte de Estrasbur go sobre el derecho a ser oído por un juez imparcial, entiendeel Tribunal quela garantía analizada es fundamentalmente del imputado. En efecto, en el juiciocorreccional, el juez, entreotras facultades instructorias, debe llevar adelante la investigación de los hechos sometidos a su conocimiento, dictar medidas cautelares, producir prueba que él valorará y luego servirá de plataforma para el desarrollodel debate, dictar eventualmente el procesamiento de la persona sometida a proceso si consi

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Año: 2003, CSJN Fallos: 326:3853 
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