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Año: 2007, Fallos: 330:4015 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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efecto, el contrato suscripto por los litigantes no se trata de un mutuo hipotecario con destino a "...la adquisición, mgora, construcción y/ o ampliación devivienda, ola cancelación de mutuos constituidos originalmente para cualquiera de los destinos antes mencionados..." (requisito establecido en el art. 1° cdelaley 26.167).

Por ello, y oído el señor Procurador General, se desestima el recurso extraordinario deducido y sobrela aplicación al caso de o establecido en la ley 26.167, serechaza la petición formulada por la demandada ante esta Corte, con costas. Hágase saber y devuélvase.


CARMEN M. ARGIBAY.
Recurso extraordinario interpuesto por Sixto Carlos Valentín y Florinda Paulina María Fiumara de Valentín, con el patrocinio letrado de la Dra. Beatriz del Carmen Luján Blanco de Sanchis.

Traslado contestado por Rubén Amleto Bezzi y Pedro José Gabbanelli, con el patrocinio letrado de la Dra. María Carola Fernández.

Tribunal de origen: Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 98.


GUSTAVO ACEVEDO DIAZ
v. RHONE POULENC RORER INTERNATIONAL y Otro RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencas arbitrarias. Procedencia del recurso. Excesos u omisiones en el pronunciamiento.

Asiste razón al recurrente en cuanto objeta que la cámara haya reducido el período de preaviso reconocido por el juez de primera instancia ya que si la contraparteno cuestionó el aspecto señalado, su modificación importóviolar el art. 277 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que establece un límite que tiene jerarquía constitucional.

COSA JUZGADA.
Si al decidir la modificación del cálculo de la indemnización sustitutiva del preaviso la sentencia produjo una reforma en perjuicio del actor, pues su der echo al pago estaba firme y consentido, el recurso extraordinario fue incorrectamente denegado, ya que el pronunciamiento norespetólos límites de la jurisdicción y afectó

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Año: 2007, CSJN Fallos: 330:4015 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-330/pagina-4015

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