Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 2014, Fallos: 337:1156 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

adquirir y su destino, y el importe en pesos de la operación y el tipo de cambio aplicado (artículo 5). Ante ello, el sistema realiza, en tiempo real, una evaluación fiscal y económico-financiera del potencial adquirente para concretar la operación, e informa si, a los fines fiscales, la operación resulta "validada" o "con inconsistencias" (artículo 6).

Además, el programa prevé que el adquirente puede efectuar, en forma previa, la consulta pertinente y, ante la respuesta "con inconsistencias", puede consultar los motivos ante la dependencia de la AFIP en la que se encuentre inscripto (artículos 3 y 7). Luego, la resolución 3212/11 puntualiza que, si el motivo de la inconsistencia es "insuficiente capacidad económico financiera", el contribuyente puede regularizar su situación, y acreditar el origen y la cuantía de los fondos a utilizar en la operación cambiaria (artículo 2).

El mismo 28 de octubre de 2011, el BCRA dictó la comunicación "A" 5239. A través de ella dispuso que las entidades cambiarias deben consultar y registrar las operaciones de venta de moneda extranjera a través del Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias, implementado por la AFIP A su vez, ordenó que la validación fiscal es un recaudo necesario para el perfeccionamiento de ciertas operaciones, a saber, las realizadas sin la obligación de una aplicación posterior específica, en los términos del punto 4 del Anexo de la comunicación "A" 5236.

En el mes de mayo de 2012, el señor Moyano Notes se presentó ante una entidad cambiaria a los efectos de adquirir dólares estadounidenses (fs. 2/5 y 7/22). El actor declaró que el destino de la moneda extranjera sería la cancelación de obligaciones emergentes de dos contratos de mutuo. La entidad respectiva denegó la realización de la operación cambiaria en los términos de la comunicación "A" 5239, dado que el Programa de Consulta de Operaciones Cambiarias informó que la operación no resultó validada a los fines fiscales. Ello motivó que el actor realizara una presentación ante la dependencia fiscal, quien reiteró que, de acuerdo a la documentación aportada, la capacidad económica financiera del contribuyente era insuficiente para concertar la adquisición de moneda extranjera solicitada (fs. 21). Ante esa circunstancia, el señor Moyano Notes promovió la presente acción de amparo contra la AFIP a los efectos de que se declare la inconstitucionalidad de las normas descriptas y se lo autorice a adquirir dólares estadounidenses.

Con posterioridad, el 5 de julio de 2012 y el 26 de julio de 2012, el BCRA dictó las comunicaciones "A" 5318 y 5330, que modificaron ciertas regulaciones para el acceso al mercado de cambios para la com

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

11

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1156 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-337/pagina-1156

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 337 Volumen: 2 en el número: 268 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com