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Año: 2022, Fallos: 345:403 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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viera 0, en su caso, aumentara la retribución total mensual que venía percibiendo aquel personal en actividad.

Del dictamen de la Procuración General al que la Corte remite
FUERZAS DE SEGURIDAD
Cabe confirmar la sentencia que ordenó incorporar al haber mensual del actor -suboficial del Servicio Penitenciario Federal-, como remunerativos y bonificables, los suplementos y adicionales establecidos por el decreto 243/15 denominados "compensación por gastos de prestación de servicios" y "compensación por gastos de representación", pues los montos determinados para las asignaciones citadas lejos de resultar sumas accesorias del haber mensual o sueldo del personal alcanzado por dicha norma y sus modificatorias, constituyen una parte sustancial de sus remuneraciones.

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RECURSO EXTRAORDINARIO
El recurso extraordinario es formalmente admisible, toda vez que se halla en juego la interpretación y aplicación de normas de carácter federal (ley 17.236 -texto según ley 20.416-, decreto 243/15 y sus respectivas modificaciones y normas complementarias) y la decisión del superior tribunal de la causa ha sido adversa a las pretensiones que la apelante funda en ellas.

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NORMAS FEDERALES
En la tarea de establecer la inteligencia de normas de índole federal la Corte no se encuentra limitada por las posiciones del tribunal apelado ni por los argumentos de las partes, sino que le incumbe realizar una declaración sobre el punto disputado, según la interpretación que rectamente le otorgue.

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Año: 2022, CSJN Fallos: 345:403 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-345/pagina-403

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