Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 2022, Fallos: 345:404 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...


DICTAMEN DE LA PROCURACIÓN GENERAL
Suprema Corte:

T-

A fs. 136/140, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (sala IV), al confirmar la sentencia de la instancia anterior, hizo lugar a la demanda promovida por Juan Carlos Gines, suboficial en actividad del Servicio Penitenciario Federal (SPF), contra el Estado Nacional (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos - Servicio Penitenciario Federal) y, consecuentemente, condenó a la parte demandada a incorporar al haber mensual del actor, como remunerativos y bonificables, los suplementos y adicionales establecidos por el decreto 243/15 bajo los códigos 210 y 230, denominados compensación por gastos de prestación de servicios" y "compensación por gastos de representación", respectivamente, y a abonarle las diferencias que se hubieran devengado, con un interés a la tasa pasiva publicada por el Banco Central de la República Argentina desde la entrada en vigencia de aquel decreto (1° de marzo de 2015) hasta su efectivo pago.

Para así decidir, el a quo, luego de reseñar las normas por medio de las cuales se diseñaron las compensaciones en cuestión, de recordar lo dispuesto por el art. 95 de la ley 20.416 en cuanto a la equiparación de los regímenes salariales del personal del SPF y de la Policía Federal Argentina (PFA) y de citar la jurisprudencia de V.E. relativa a las características que debía reunir una asignación para ser considerada de naturaleza general, resaltó que la prueba producida en la causa demostraba que la totalidad del personal percibía la compensación por gastos por prestación de servicios, y que idéntica circunstancia ocurría en los casos de las compensaciones por gastos de representación y por apoyo operativo, cuya suma era idéntica para ambos casos.

Sostuvo que ello permitía concluir que los suplementos pretendidos eran sumas que se percibían regularmente en forma mensual en razón de la relación de empleo que mediaba entre el Estado y el agente penitenciario, y que tenían la misma naturaleza del rubro "sueldo".

Remarcó que, al estar acreditado que la totalidad del personal del SPF percibía, en los hechos, dos de los suplementos creados por el decreto 243/15, quedaba demostrada la incompatibilidad del carácter particular que dichas normas pretendían asignarles a los incrementos otorgados, y que resultaba indiscutible su naturaleza general, razón

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

4

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 2022, CSJN Fallos: 345:404 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-345/pagina-404

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 345 Volumen: 1 en el número: 410 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com