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Año: 1961, Fallos: 249:250 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ESTHER CAMPOS CARLES pr DUNSMORE v. GARNET 0. DUNSMORE
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos. Doble instancia y recursos.

Lo atinente al aleance de la competencia del tribunal de alzada, cuando conoce por vía de los recursos deducidos ante él, es cuestión de orden procesal ajena al recurso extraordinario (1), ABDALA FARES v.-SIXTO ROBERTO SOSA y Cía.


RECURSO DE QUEJA,
El recurso de hecho ante la Corte supone la previa deducción y denegatoria de una apelación, en los términos del art, 229 y sigtes, de la ley 50 (3).


RECURSO DE QUEJA,
El recurso de queja no constituye vía hábil para obtener que la Corte revea la denegatoria de un recurso de inconstitucionalidad loeal dictada por un tribunal de provincia,
MARIA ESTELA HOURSOURIPE DE GOURDY v. MARIA ELISA
MARTINEZ SEEBER y OTROs RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comunes.

Lo stinente al procedimiento aplicable al reajuste del monto de los alquileres y a la validez de las consignaciones efectuadas, son cuestiones de hecho y de derecho :común irrevisibles en la instancia extraordinaria (3).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Principios generales.

El pronunciamiento que no excede las facultades propias de los jueces de la causa, en orden a la apreciación de los hechos e interpretación de las normas comunes que les incumbe, es insusceptible de la tacha de arbitrariedad.

1) 9 de marzo, 2) 9 de marzo, Fallos: 243:297 ; 244:957 , 3) 9 de marzo,

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Año: 1961, CSJN Fallos: 249:250 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-249/pagina-250

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