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Año: 1963, Fallos: 256:363 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 3:

S.A. 1E FINANZAS £ INVERSIONES ve 14 REPUBLICA ARGENTINA —F. IL. R. A— v. S.A. HIRSCHBERG TEJIDOS SENTENCIA: Principios generales, La sentencia de la enusa, en materia civil, no puede exceder de lo reclamado en la demanda.

CONSTITUCION NACIONAL: Derechos 4 garantias, Defensa en juicio, Procedimiento y senteucia, Corresponde revocar la sentencia que fija el nuevo alquiler en una suma muy superior a la base mínima reclamada en el escrito de demanda, que no puede ser superada por razones de conveniencia 1 oportunidad.


DICTAMEN DEL ProcuRaDOR GENERAL
Suprema Corte:

Con fundamento en la doctrina de V. E, de, entre otros, Fallos: 252:13 , estimo que hay en antos cuestión federal bastante susceptible de ser examinada en la instanein de excepción.

A tal efecto, pues, correspondería hacer lugar a la presente queja. — Buenos Aires, 13 de agosto de 1963, — Ramón Lascano, l
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de azosto de 1963, Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa F. T, R. A., S. A. de Finanzas e Inversiones de la Rep. Arg. e/ Hirschberg Tejidos S. A", para decidir sobre su procedencia.

Y considerando: :

| Que en los autos principales existe enestión federal hastante para ser examinada en la instancia de excepción, Por ello, y habiendo dictaminado el Sr. Procurador General, se declara procedente el recurso extraordinario denegado a fs, 40/40 vta.

Y considerando sobre el fondo del asunto por no ser necesa» ria más substanciación :

Que esta Corte tiene decidido, reiteradamente, que la sentencia de la enusa, en materia civil, no puede exceder de lo reclamado en la demanda —Fallos: 250:769 , 252:13 , sus citas y otros—.

Que ni la circunstancia de que el actor haya solicitado que el nuevo alquiler se fijase "sobre la base mínima de la suma de a

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Año: 1963, CSJN Fallos: 256:363 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-256/pagina-363

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