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Año: 1967, Fallos: 268:137 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 137 , 8. A. CIA, ve SEGUROS LA HOLANDO SUDAMERICANA v. CAPITAN y/o
ARMADOR y/o PROPIETARIO ver BUQUE "RIO ATUEL"
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. ¡Introducción de la cuestión federal. Oportunidad. Planteamiento en el escrito de interposición del recurso extraordinario.

Es improcedente el recurso extraordinario cuando, DE obstante ser la sentencia lada confirmatora, del fallo de primera instancia en virtud de Gnde.

mentos análogos, el recurrente omitió plantear la cuestión constitucional ante el tribunal de alzada (!).


CARLOS C. PEREZ v. ADOLFO SILENZI »e STAGNI
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Interpretación de normas y actos comunes.

Lo referente al aleance del art. 64 del Código Penal es cuestión ajena a a netde extraordinaria aunque se invoque la doctrina establecida en materin Me ritreriedad, que Do »e refiere a distinciones interpretativas respecto del derecho común (3).


BLANCA ELVIRA LARRIERA »E RUFO
ACUMULACION DE BENEFICIOS: Jubilaciones y pensiones nacionales.

Con arreglo a lo dispuesto en los arts. 4 y 8 de la ley 14.499 y 15 del decreto 11.732/00, corresponde que la reducción prevista en aquellas normas se. OPE sobre el haber de pensión, manteniéndose íntegro el haber jubilatorio que como: docente corresponde al beneficiario.


DICTAMEN DEL ProcuraDOrR GENERAL
Suprema Corte:

Se debate en autos la pretensión de la apelante, doña Blanca Elvira Larriera de Rufo, en el sentido de acumular una jubilación docente y una pensión derivada del decreto-ley 31.665/44, sin las reducciones emergentes de los arts. 8" de la ley 14.499 y 15 del decreto reglamentario 11.732/60.

No encuentro atendible esa pretensión. A mi juicio el a quo ha procedido correctamente al confirmar la resolución del Tnsti1) E a 249:200 ; 253:89 ; 254:150 .

3) 28 de mio. Fallos: 258:175 ; 26: 36, 218, 228, 302, 378, 413.

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Año: 1967, CSJN Fallos: 268:137 
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