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Año: 1964, Fallos: 258:175 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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ALEJANDRO AGUSTIN ARTIEDA y Otro RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales, Interposición del recurso. Término, Es irrevisable la resolución que deniega el recurso extraordinario por habérselo interpuesto fuera de término, salvo los supuestos de manifiesto error legal o de cómputo del plazo, escepción que mo autoriza 5 la Corte a revisar la interpretación de las leyes procesales que rigen lo referente a la forma de las notificaciones (1).


VALERIO JANDERA v. PEDRO TORIBIO GUZMAN
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no federales.

Interpretación de normas locales de procedimientos, Casos varios.

Lo referente a la pertinencia de las pruebas ofrecidas durante el sumario, a las facultades del juez de instrueción para la investigación de los delitos que ante él se denuncian y a determinar si los hechos eonstituyen o, no infraeción a las normas penales, es materia de hecho y prueba y de derecho común, propia de los tribunales de la causa v ajena a la instancia extraordinaria (2).

RECURSO EXTRAORDINARIO: "Requisitos propios. Cuestiones uo federales.

Tuterpretación de normas y actos comunes.

Es enestión extraña a la jurisdicción extraordinaria lo atinente a la preser:pción de la aneción penal ().

S. A. LA INMOBILIARIA v. S. Ex C. mr A. ANGELERT € Cía.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Resolugión contraria, Las decisiones dictadas en materia de incompetencia de jurgedicción, enando no media denegatoria de fuero federal, son insusceptibles Je rectrso extraordinario (1).

1) Sale abril, Fallos: 250:197 , 2) 8 de abril, Fallos: 244:27 , 205, 3900, 2707 247:214 ; 250:569 : 252:582 :

257:168 .

3) Falles: 251:308 .

1 de abril, Fallos: 237:1587 235:320 : 245:165 , 2207 245:260 ; 246:60 ; 249:4977 252:209 .

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Año: 1964, CSJN Fallos: 258:175 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-258/pagina-175

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