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Año: 1969, Fallos: 274:18 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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haya sido arbitraria. Como el número ¿le inseripción de los actores en el registro abierto al efecto supera en mueho al límite establecido para otorgar la habilitación para el trabajo, el no otorga miento a aquéllos de esa habilitación enenadra en la reglamentación establecida y no importa una negativa arbitraria sino, tan solo, subordinada a la existencia de vaceaneias futoras, tal como se ha expresado en el informe de fs, 61/62, Por ello, habiendo dictaminado el Sr, Procurador General, se revoca la sentencia apelada, En consecuencia, se rechaza la deman da, eon las costas de todas las instancias por xa orden, Evvanvo A, Orriz Besraoo — Ro nENTO E, CitrTE — Lris Carros Us Bes. — Just Fi Pinar.


MARIO CARLOS OSCAR MULLER
SUPERINTENDENCIA,
El art. 11 del decreto 1559/65, reslamentario de la ley 17.455, mo es modifieatorio de lo establecido por el deereto-ley 1255/58 y la Acordada de la Corte del 3 de marzo de 1958, para la designación de secretarios o prose ertarios de Tra, y 2da, instancias de In justicia nacional, Corresponde, en consecuencia, en uso de la facultad de avocnción, hacer 210:107 , deben ser inseriptos en la lista prevista por el art, 12 «del decreto 1550/08, apartado primero.


DICTAMEN DEL ProcrnaDoR CIENERAL
Suprema Corte:

El oficial primero ante la Fiscalia del Juzgado Federal de Concepción del Uruguay, que poseo título de escribano, solicitó oportanamente a la Cámara de Apelaciones de su jurisdieción que se contemplara la posibilidad de su ascenso, dentro de la enrrera judicial, al producirse vacantes de secretarios de primera o segunda instancia, prosecretarios de cámara o serrotarios de fix.

calía de cámara.

La petición ha sido denegada por el referido tribunal por cuanto el peticionante no posee el título de abogado a que se refieren los incisos a), b), €) y d), art. 11, del decreto 1859/68, reglamentario de la ley 17.455.

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Año: 1969, CSJN Fallos: 274:18 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-274/pagina-18

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