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Año: 1971, Fallos: 275:101 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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instrucción, investigar delitos que, como la supuesta falsedad de los títulos que expiden las universidades oficiales, afectan la buena marcha y normal funcionamiento de una institución nacional; en el caso, la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.


DICTAMEN DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:

No obstante lo resuelto en Fallos: 250:359 , estimo que la presente causa es de conocimiento de la justicia en lo federal.

En efecto, aquí no es aplicable lo dispuesto en el art. 1° de la ley 14.180 y, por el contrario, el hecho que se investiga afecta la validez de documentos de carácter nacional, zomo son los relativos a los títulos que expiden las Universidades oficiales.

En consecuencia, y atento lo dispuesto por el art. 3, inc. 3" de la ley 48, estimo que corresponde dirimir la presente contienda en favor de la competencia del señor Juez Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, Buenos Aires, 6 de agosto de 1969. Eduardo H.

Marquardt.


FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 15 de octubre de 1969.

Autos y vistos; cons:derando:

Que, en atención a la naturaleza de los hechos que dieron origen a estas actuaciones —que afectan la buena marcha y normal funcionamiento de una institución nacional, como lo es la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales—, el Tribunal hace suyas y da por reproducidas las conclusiones expuestas por el señor Procurador General.

Por ello, y de conform:dad con el dictamen que antecede, se declara que esta causa es de la competencia del señor Juez Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, Ronearo E. Cuute — Manco AureLio RisoLía — Luis Canos Canrar — José F. Binav.

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Año: 1971, CSJN Fallos: 275:101 
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