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Año: 1974, Fallos: 290:392 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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MARIO NAVARRO y Orna RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones na federales. Interpretación de normas y uctos comunes.

El carácter con que fue convenida la cuota alimentaría en el escrito inicial del proceso de divorcio por mutuo comentimiento que regula el art. 67 bis de La ley 2393, es cuestión de hecho, derecho común y procesal, ¿ropia de los jueces de la causa y ajena a la instancia excepcional del >rt. 14 de la ley 48 (1), RICARDO ALBERTO ORTIZ v. CONCEJO DELIBERANTE ve 24
MUNICIPALIDAD nr LOMAS DE ZAMORA
RECURSO EXTRAORDINARIO: Hequísitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos locales en general.

La sentencia por la cual la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires rechazó el conflicto plantexdo por el Intendente de Lomas de Zamora contra el Concejo Deliberante de ese Municipio, que lo destituyó del cargo, resuelve cuestiones de hecho y de derecho público local, con fun tlamentos bastantes de igual naturaleza que son irrevisables en la instancia extraordinaria (5).


PASCUAL PIRILLO y. OLGA DORA REBISSO DE MINGRONE
RECURSO EXTRAORDINARIO: HRequbitos propios Cuestiones no federales. Interpretación de normas y actos comunes, Si La sentencia de la Cimara Nacional de Apelaciones en lo Civil, confirmatoría de la de primera instancia que había hecho lugar a la demanda y rechazado la reconvención, decidio que el pacto de retroventa convenido en el holeto de compraventa que vínculó a las partes, se encontraba vencido por imperio de lo dispuesto en el art. 1381 del Código Civil, el recurso extraordinario es improcedente, pues el pronunciamiento apelado ha resuelto 1) 2 de diciembre, Fallos: 268:210 ; 207:114 : 26:38 .

1) 2 de diciembre. Causa: "González, José León", sentencia del 17-12-74.

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Año: 1974, CSJN Fallos: 290:392 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-290/pagina-392

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