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Año: 1977, Fallos: 297:136 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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2") Que el mismo se funda en que se habría violado el art. 18 de la Constitución Nacional, al no haberse tenido en cuenta el descargo formulado y las pruebas ofrecidas u fs. 5/6, tendientes a demostrar la licitud de haber prolongado el horario de atención al público, que fuera el motivo del expediente 08117/74, 3") Que la inviolabilidad de ly defensa en juicio requiere que el litigante sea oido y se le dé ocasión de hacer valer sus medios de defensa en la oportunidad y forma previstas por las leyes de procedimientos Fallos: 193:408 ), 47) Que, en el caso, no se dío ningún fundamento para desestimar la prueba ofrecida en oportunidad legal, ni ella aparece totalmente inconducente para sustentar el recurso (Fallos: 281:428 ), motivo por el cual corresponde dejar sin efecto la resolución impugnada, pues la prescindencia de elementos esenciales para decidir correctamente la causa, importa agravios a la garantía de la defensa (Fallos: 274:281 y 307).

5) Que no es óbice a ello que el art. 11 de la ley 18695 declare irrecurribles ciertas multas, pues es precisamente la posibilidad de seguir la vía del art. 14 de la ley 48 lo que sustenta la validez de esta clase de normas; lo contrario posibilitaria la imposición de penas que no podrían revisarse judicialmente, Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador General, se deja sin efecto la resolución del 21-1-75 de la Dirección Nacional de Policía del Trabajo, Devuélvanse a efectos de que se dicte nuevo pronunciamiento con arreglo a la presente.

Honacio H. Henenia — Aporro R. GannE141 — ALEJANDAO Ri. CARiDE — ABELARDO F, Rossi — Penno J. Frías.


CARMEN NELIDA MARCOGIUSEPPE
JUMISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia penal. Delitos en particular, Cheque sín fondos.

El juez del lugar del banco girado es el competente para conocer del delito previsto en los ines. 19 y 27 del art. 302 del Cádigo Penal.

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Año: 1977, CSJN Fallos: 297:136 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-297/pagina-136

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