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Año: 1979, Fallos: 301:116 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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116 FALLOS DE LA CONTE SUPREMA

JUAN MARCIALES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios, Cuestiones no Jederales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios, Son cuestiones de derecho común y procesal, propias de los jueces de la causa y ajenas, como regla, a la vía del art. 14 de la ley 48, lo resuelto en el sentido de que quien compra en una subasta judicial cuya nulidad se declara posteriormente no es el tercero adquirente a que se refiere el art.

1051 del Código Civil, y de que esta figura no debe confundirse con la del tercero en el proceso, en la cual, en principio, cabe incluir a aquellos compradores (°), OSCAR PERLICZ v. S.A, VALORBE RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Interpretación de normas locales de procedimientos. Cusos varios.

Lo relativo a si puede considerarse implicitamente sometida al juzgador la revisión del contrato —en el caso resuelto afirmativamente— cuando las partes lun pretendido, respectivamente, el cumplimiento liso y llano del mismo y su resolución, remite, en último análisis, a la determinación de cuáles son las cuestiones comprendidas en la litis, aspecto éste que, es propio de los jueces de la cansa y ajena, como regla a la instancia estraordinaria (3).

ALBERTO JOSE PICCININI y OTROs

AMNISTIA,
Del juego armónico de los decretos 4693, 331 y 557 publicados el 5 de julio, el 10 de agosto y el 24 del mismo mes de 1973, resulta que el hecho 1) 20 de febrero, 7) 20 de febrero. Fallos: 270:162 ; 274:50 ; 276:111 .

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Año: 1979, CSJN Fallos: 301:116 
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