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Año: 1979, Fallos: 301:756 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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PLACIDO PEREGRINO GIORGI y OTROs v. $. A. EMPRESA nr MICROOMNIBUS No 25 RECURSO EXTRAORDINARIO: hequisitos propios. Cuestiones no federales. 1nterpretación de normas y uctos comunes, Por la vía del art. 14 de la ley 48 no procede revisar las conclusiones atiE nentes al valor y efecto probatorio de los recibos de haberes y de los libros del empleador, frente a las planillas díariis confeccionadas por los con ductores, por referirse a extremas de hecho, prueba y derecho común, cuya apreciación es propia de los jueces de la eausa (°).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios.

Determinar los efectos de la incomparencia de la empleadora a la audieneta Dáada para absolver posiciones, es cuestión de derecho procesal ajena.

como regla, a la instancia de excepción.


HECTOR SEBASTIAN ORELLANO yv. PROVINCIA »e BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Tnterpretación de normas y actos locales en general.

No procede el recurso estraordinario contra la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que no hizo lugar a la demanda contenciosoadministrativa por la cual el actor solicitaba se dejara sin efecto la resolución del Ministerio: de Gobiemo que lo dio de haja en los términos del art. 19 de la ley 8598, invocando razones de servicio.

Las relaciones entre los empleados públicos provinciales y el gobierno del cual dependen se rigen por las respectivas disposiciones locales, que constituyen el derecho administrativo aplicable, cuya interpretación es propia de los tribunales de provincia y ajena, como regla, a la via del art. 14 de a ley 4 (7).

1) 11 de setiembre, Fallos: 240:122 ; 246:117 ; 295:132 , 140 y 793.

1) EE de setiembro, Falos: 270:349 ; 273:317 .

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Año: 1979, CSJN Fallos: 301:756 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-301/pagina-756

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