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Año: 1980, Fallos: 302:1111 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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posiciones sobre conexidad que regula el citado códico de rito, sólo son aplicables a los delitos cuya competencia correspon: a a los tribunales nacionales ( Fallos: 286:208 , 224; 294:462 ; sentencia €: causa "Storniolo, Héctor e/Miguel Pereda" del 8 de julio de 1980).

Por ello, vído el señor Procurador General. se roca la sentencia apelada de fs. 18/19 debiendo proseguir la sustanciación de la causa la justicia federal de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Anorro R. GABniELL: — ABELARDO F. Rossi — Penno J. Frías — Etías P. GUAsTAvino — Césan BLacx.


FRANCISCA FERNANDEZ CERRILLO ve FERNANDEZ
v. JESUS ORTEGA SAENZ RECUNSO EXTRAORDINARIO: Hequisitos propios. Cuestiones no federales, Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de exhemos conducentes, Corresponde dejar sin efecto la sentencia que denegó la resolución del contrato de compraventa y el reajuste del saldo del precio —solicitados con base en lo dispuesto por los arts. 1198 y 1071 del Código Civil- si, al fundar el rechazo en La falta del requisito de la ejecución diferida o continuaca, el fallo no tuvo en cuenta que la obligación del comprador de pagar el precio del inmueble había sido diferida mediante la fijación de un plazo suspensivo, y que el mencionado reajuste no había sido solicitado sobre la base del incumplimiento de la compradora en el pago de las cuotas, sino con apoyo en ciremstancias posteriores al convenio y ajenas a las partes, que habrían determinado que la prestación satidecha por el vendedor se tornara excesivamente onerosa por haber disminuido el valor de la contraprestación prometida por la contraria (°).

0) 7 de octubre, Fallos: 206:152 , 456.

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:1111 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-1111

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