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Año: 1980, Fallos: 302:264 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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261 FALLOS DE LA CONTE SUPREMA que el art. 242 del Código Procesil (testo según ley 21.708) estables para abrir La apelación, sin tener en cuenta que cuando la parte dedujo dicho recurso —que fue concedido en el día— regía el citado art, 242, según tevto de Li ley 21,203, norma que no obstaba a la admisibilidad del referido recurso de apelación.

DOMINGO JUAN JOSE LAINO y. SINGER SEWING MACHINE €CRECURSO EXTRAORDINARIO: Hequísitos vropios. Cuestiones no federales. Seutencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Contradicción.

Corresponde dejar sin efecto La sentencia si el reconocimiento de mm crédito derivado de comisiones indirectas por cobranzas que admite, se opone a la posterior afirmación que deniega tal derecho al actor, por no haber demostrado que realizó subsidiariamente trabajos de cobranzas que debía ser efectuadas directamente por gerencia, siendo manifiesta la contradicción | vn que se incurre (5) RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias, Procedencia del recurso Excesos u omisioes vn el pronunciamiento.

o Correspordo dejer sin efecto el promaciomiento que modifico un aspecto firme de ha sentencia de primera instancia, cual es La aplicación al caso de lo «dispuesto por el art, 276 de La Ley de Contrato de Trabujo (t. 0.) consentido por la actora (7).


JOSE MARIA DEVESA y EDUARDO N. FELIZZOLA yv. MUNICIPALIDAD
DE LUJAN
RECURSO EXTRAORDINANIO. Nequísitos propios. Cuestiones no federales. luterpretación de normas y actos locales en general, Los agravios vinculados con la aplicación de las normas sobre preseindili= lila de empleados públicos comunales remiten al análisis de cuestiones de 0) 15 de abril, Fallos: 279:65 ; 280:371 .

5) Fallos: 291:414 ; 296:202 , 360.

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:264 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-264

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