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Año: 1980, Fallos: 302:913 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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no configuraba "la injuria que por su gravedad no consintiera la proseeución de la relición laboral", en los términos del ant. 242 del Régimen de Contrato de Trabajo, no procede el recurso extraordinario, por tratarse de temas de hecho y prueba y de derecho común, ajenos a la instancia del art. 14 de la ley 48, y resueltos por los jueces de la causa con suficientes fundamentos de igual carácter que bastan para sustentar la decís sión (1).

BERNARDO RUBIO v. S.A. BLANCO C.LE.L E 1 RECUNSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. luterpretación de normas y actos comunes.

El desacuerdo del recurrente con el alcance asignado por el a quo a las normas laborales (art. 19 de la ley 9088, 280 de la ley 20.744 y 258 del Régimen de Contrato de Trabajo, t.0, por decreto 390/76) no autoriza a sudituilr a aquel tribunal en la decisión de materias propias de su competencia, ni a tachar de arbitrario lo resuelto (3), MARIO SALVADOR MARTINEZ y OTROs JURISDICCION Y COMPETENCIA: Competencia militar.

Es competente la Justicia Militar para conocer del sumario instr + con motivo del accidente de tránsito protagonizado por un Cabo 1 del Ejército Argentino, quien conducía un camión perteneciente a esa institución, a resultas de cuyo vuelco falleció un conscripto y recibieron heridas otros militares. Ello así, pues tanto el vehículo como el personal militar que lo ocupaba estaban afectados al cumplimiento de un acto del servicio (3).

) 28 de agosto. Fallos: 295:140 , 278; 206:117 .

2) 28 de agosto.

2) Fallos: 279:386 .

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Año: 1980, CSJN Fallos: 302:913 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-302/pagina-913

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