Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Año: 1984, Fallos: 306:1697 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

Anterior ... | Siguiente ...

que fue detenida y puesta a disposición del Poder Ejecutivo entre los años 1976 y 1979— y el agravio referido a que no se habría contemplado el interés de la menor (art. 10, inc. d, de la ley 19.134) remite al análisis de n lema propio de los jueces de la causa, dada su naturaleza de hecho y derecho común y ajena, por ende, al remedio intentado, sin que autorice la tacha de arbitrariedud la mera discrepancia de los apelantes con la imterPretación dada por el a quo a tal materia (').


ROSA ARGENTINA DELGADO vpa. De LUCERO
v. H. E. LOPINA y Cías. S.R.L.

RECURSO EXTRAORDINARIO. Requisitos propios. Cuestiones no federales, Interpretación de normas y actos comunes, Lo atinente al monto de la reparación por daños y perjuicios remite al examen de temas de hecho, prueba y de derecho común que, como principio, son ajenos a la vía del art. 14 de la ley 48 (3).

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso, Excluyen la tacha de arbitrariedad invocada las razones dadas por el a quo para elevar el monto de la indemnización por daños y perjuicios, si a los fines de dar cumplimiento al principio de la reparación integral o plena de los arts. del Código Civil que cita, el tribunal toma en cuenta la edad de la Víctima y el lapso de vida útil que le restaba hasta obtener la jubilación, y Calcula una reparación equivalente al número de salarios mensuales tomados en valores actiales y sobre la base del promedio de las remuneraciones percibidas al momento de la muerte, así como la categoría profesional, las Posibilidades de mejora, la capacidad de ganancia frustrada, etc.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Interposición del recurso.

Fundamento.

Es improcedente el recurso extraordinario contra la sentencia que elevó el monto de la indemnización por daños y perjuicios, pues si bien los agravios ponen en tela de juicio el acierto de la estimación efectuada por el a quo, ') 20 de noviembre. Fallos: 293:439 : "Rosales, Juan Rodolfo y otro s/hur10", del 26 de julio de 1984.

€) 20 de noviembre. Fallos: 303:694 ; 305:626 : causa "Sánchez, León Antonio c/Florentino Duarte s/ordinario", del 16 de agosto de 1984.

Anterior ... | Siguiente ...

Compartir

5

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1984, CSJN Fallos: 306:1697 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-306/pagina-1697

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 306 en el número: 1697 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos a través del siguiente correo electrónico:

fallosargentina gmail.com