de ley, por estimar que el valor cuestionado no excedía el fijado en el art..278 del código de rito local, sin tomar en cuenta la actualiza- ción correspondiente en razón de la depreciación monetaria (1). .
THORHAUER s.a. METALURGICA COMERCIAL v.
MUNICIPALIDAD DE La CIUDAD DE BUENOS AIRES
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Interpretación de normas locales de procedimientos. Costas y honorarios.
Lo concerniente a los honorarios regulados en las instancias ordinarias, constituyc materia ajena al recurso del art. 14 de la ley 48. .
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Improcedencia del recurso.
La parquedad del auto regulatorio no comporta, por sí sola, un supuesto de arbitrariedad.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa, .
Es arbitraria la resolución que no permite referir concretamente "la regulación de honorarios al respectivo arancel. o RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos" propios. Cuestiones no federales.
Señtencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente. . .
Es arbitraria la regulación de honorarios que ha omitido la indispensable fundamentación conforme con las circunstancias de la causa.
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la consideración de extremos conducentes.
Es arbitrario el auto regulatorio que no ha considerado los argumentos oportunamente planteados a su consideración, y, en el caso de que se (1) 10 de julio. Fallos: 308:174 . . . E
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Año: 1986, CSJN Fallos: 308:1079
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