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Año: 1987, Fallos: 310:924 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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bien es válido sostener que cuando se'otorga la reparación integral del > derecho civil ésta cubre y absorbe el valor del resarcimiento pretendido, ello es así siempre que la primera haya sido concedida, circunstancia que no se presenta: en "el caso (1). ..

— YOLANDA per VALLE HERRERA v. MICOR ALFA S.A.

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes. Gravamen.

Si con posterioridad a la presentación directa las recurrentes practicaron la: lquidación donde admiten como correcta la determinación del capital que habían objetado el recurso extraordinario, y dieron en pago. el importe allí establecido sin formular reserva alguna cabe asignar a esta actitud de las apelantes el carácter de una renuncia o desistimiento (2).

NESTOR LEONARDO FABIANO v. ENRIQUE JOSE DENEGRI — - RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.

Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Falta de fundamentación suficiente. Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó el reclamo de diferencias salariales e indemnización por despido, considerando que la presunción acerca de la verdad de los hechos afirmados en la demanda que establece el art. 71 de la ley 18.345, sin otros .elementos de juicio que la corroborasen, era insuficiente para probar la continuación del vínculo después del vencimiento del plazo previsto en el contrato de ajuste, en tanto carece de fundamentos mínimos suficientes para apartarse'de la presun ción establecida en la norma citada, pues el vencimiento del plazo con1) 7 de mayo. - o (2) 7 de mayo. Fallos: 297:40 ; 302:559 , 1264; 304:1962 ; 307:2026 .

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Año: 1987, CSJN Fallos: 310:924 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-310/pagina-924

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