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Año: 1989, Fallos: 312:2096 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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PLAN ROMBO RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Defectos en la fundamentación normativa.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que rechazó el recurso deducido contra.

una resolución del Inspector General de Justicia que impuso una multa, toda vez que el precedente invocado para apoyar la decisión no es idóneo a esos fines, ya que se refiere a circunstancias de hecho y de derecho distintas a las que dieron origen a las actuaciones (1).

COSTAS: Principios generales, Sielrecurso tramitó de conformidad conlo prescripto en el art. 17 de la ley 22.315, —° que obliga a dar traslado a la Inspección General de Justicia, corresponde la imposición de costas a la infractora vencida (2).

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA. -
Las funciones atribuidas a la Inipección General de Justicia por la ley 22.315 van más allá de la defensa de la legalidad de un acto administrativo y permiten . equipararla a las partes en las contiendas judiciales, sometiéndolas a los requisitos y responsabilidades impuestos ordinariamente a éstas (3). .


COMPAÑIA ARGENTINA vz ESTIBA y ALMACENAJE 5. A. C. V.
ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS -


ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS. . .
El acto del Administrador General de Puertos que otorgó la explotación de los depósitos fiscales (resolución 314/69) fue de naturaleza contractual y supuso la concesión de un servicio público mediante el uso, también por concesión, de bienes del dominio público, no siendo imprescindible la licitación pública.

1) 2 de noviembre. - 2) Fallos: 310:869 ; causa: Tannone Bruno e/ Comando en Jefe del Ejército y otro del 3 de marzo de 1988". . 3) Fallos: 243:465 ; 308:1758 .

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Año: 1989, CSJN Fallos: 312:2096 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-312/pagina-2096

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