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Año: 1992, Fallos: 315:2559 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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315 . .

RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales. Sentencias arbitrarias. Procedencia del recurso. Varias.

Corresponde dejar sin efecto la sentencia que desestimó la impugnación de la actora ala liquidación practicada por la condenada, si producido un desfase importante en la evolución económica con motivo de la hiperinflación de los meses de enero, febrero y marzo de 1990, la aplicación de la previsión inicial contenida en la sentencia definitiva deriva en una grave e importante reducción del crédito ejecutado.

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 20 de octubre de 1992.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Mieres viuda de Rodríguez Roberts, María Luz c/ Ameghino, Eduardo y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando: 1) Que contra el pronunciamiento de la Sala L de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que -al confirmar el de primera instancia- desestimó la impugnación efectuada por la actora a la liquidación practicada por la citada en garantía respecto a una indemnización por los daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, la vencida dedujo el recurso ex- .

traordinario cuya denegación origina la presente queja.

2) Que los agravios de la apelante suscitan cuestión federal para su consideración en la vía intentada, pues aunque remiten al examen de cues tiones fácticas y de índole procesal, ajenas -como regla y por su naturaleza- a la instancia del art. 14 de la ley 48, ello no es óbice para invalidar lo resuelto cuando, con menoscabo de los derechos de propiedad y de defensa en juicio a que se refieren los arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional, , el tribunal omitió el tratamiento de pretensiones oportunamente propuestas y conducentes para la correcta solución del caso (Fallos: 300:1272 ; 303:578 y causa: M.203.XXIII "Mance, Emilio-c/ Bieber, Jorge Omar y otros", del 23 dé octubre de 1990). .

3) Que, en efecto, la actora había planteado -en representación de sus .

hijos menores- "diversas objeciones referentes al cálculo de la deuda efec

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Año: 1992, CSJN Fallos: 315:2559 
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