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Año: 2014, Fallos: 337:1168 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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el actor no ha demostrado que su acreedor se haya negado a recibir moneda de curso legal.

En concreto, el régimen cambiario actual, que fue modificado por la comunicación "A" 5318, requiere que el actor obtenga la conformidad previa del BCRA a los efectos de adquirir dólares estadounidenses a ser aplicados a fines distintos y en condiciones diversas a las previstas en la reglamentación.

En este sentido, tal como expuse anteriormente y como ha dicho la Corte Suprema en otros casos (Fallos: 310:203 , considerando 8"), la intervención estatal en la oferta y la demanda de divisas extranjera se funda en los vastos intereses colectivos de índole económica y social que se encuentran involucrados. La conservación del valor de la moneda local y el desarrollo de la economía con equidad social dependen, en parte, del valor de las monedas extranjeras y de su disponibilidad.

En el caso, la pretensión del accionante no ha examinado los intereses colectivos amparados por la regulación cuestionada, que, como tales, abarcan a su propio interés.

Más específicamente, con respecto a los intereses colectivos protegidos por la comunicación "A" 5318, cabe considerar la presentación de fs. 117/126 del BCRA, donde se remite al informe macroeconómico y de política monetaria de julio de 2012 elaborado por esa entidad (información pública disponible en www.bcra.gov.ar).

Allí el organismo destaca la existencia y la evolución de una grave crisis internacional iniciada en el año 2007, y la necesidad de tomar medidas que protejan a nuestro país de las repercusiones negativas de esa crisis, que conlleva una reversión de los flujos de capitales y una desaceleración de los volúmenes del comercio mundial. El BCRA afirma que la incertidumbre existente en el ámbito internacional, la disminución en la demanda de exportaciones como consecuencia de la desaceleración de la economía mundial y el déficit de la balanza comercial energética demandan la implementación de una política cambiaria que se dirija a administrar las reservas existentes y a regular los flujos de capitales.

En este escenario, donde el deterioro de la economía internacional obliga a administrar adecuadamente las reservas locales de divisas extranjeras, la aplicación o destino de las divisas cobra más relevancia de la que habitualmente tiene. De este modo, el BCRA explica que la comunicación "A" 5318 regula el acceso al mercado local de cambios con fines de atesoramiento, dando preferencia a la aplicación de las divisas existentes a los usos más eficientes desde el punto de vista

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Año: 2014, CSJN Fallos: 337:1168 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-337/pagina-1168

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