AMALIA FERRARI HARDOY E RODRIGUEZ ARIAS v. CASIANO J. :
RODRIGUEZ ARIAS : .
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos comunes, Cuestión justiciable, Las resoluciones que aplican sanciones disciplinarias, en ls medida que las leyes pertinentes habilitan a los jueces para imponerlas, son insusceptibles de recurso extraordinario. No obsta a ello la invocación del art. 18 de la Constitución Nacional y de la doctrina sobre arbitrariedad (1).
AMALIA FERRARI HARDOY 05 RODRIGUEZ ARIAS v. CASIANO J.
RODRIGUEZ ARIAS
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Interpretación de normas locales de procedimientos. Casos varios, Lo atinente a la recusación de los jueces de la enusa es materia ajena a la jurisdieción extraordinaria de la Corte (3).
SANTIAGO ZABALOY
RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos propios. Cuestiones no federales.
Interpretación de normas locales de procedimientos. Cosa juzgada.
Lo r ativo a la existencia o inexistencia de cosa juzgada constituye materia ajen: al recurso extraordinario (3).
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CASIANO J. RODRIGUEZ ARIAS y OTRO
SUPERINTENDENCIA.
La Corte Suprema considera cumplida la habilitación de "locales del propio Tribunal", a los fines del art. 18 del decreto-ley 1285/55, con la comuniención de los que estime pertinente destinar a ese fin el tribunal que impuso la sanción disciplinaria de arresto (°).
== (1) 18 de marzo, Fallos: 249:130 , 2) 18 de marzo, Fallos: 250:190 , 3) 18 de marzo, Fallos: 252:53 , 196, 4) 18 de marzo,
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Año: 1963, CSJN Fallos: 255:101
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