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Año: 1965, Fallos: 263:156 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina

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Por ello, declárase improcedente el recurso extraordinario deducido a fs. 73.

Cantos Jras Zavara RopríGrez,
GENARO TABUADA Y Orños ve 5. 4. COMPAÑIA 57 SEGUROS

INDUSTRIA y COMERCIO
WECUESO EXTRAORDINARIO: Requisitos. propie Cuestiones 10 federales.

Juterpretación de normas y actos commios, Lo atinente 2 la eonstitueion.alidad o ines mtitucionalidad de un decreto, con referencia a las Meultades reslamentarias del Poder Ejecutivo, sezún la interpretación que =e atribuye a la ley de carácter común reglamentada —en el caso, decreto 5547/59, reglamentario de la ley 12.637 y del decreto-ley 12506 15—, es irrevisable por vía del recto extraordinario, RECURSO ENTEAORDINARIO: Resolución. Limites del pronunciamiento.

La decisión de la Corte, cnando conoce por la vía del recurso extraordinario, debe limitarse a los agravios mencionados en el escrito en que se lo interpuso.

DicramMEN DEL PrOCURADOR GENERAL Suprema Corte:

En el recurso extraordinario que deduce a fs. 77 el apelante afirma que el decreto 5547/59 es inconstitucional, por considerar que al fijar un plazo mínimo de cinco años para que el empleado de seguros tenga derecho al beneficio de la estabilidad establecido por la ley 12.637 y deereto-loy 12.360 45, aquél ha alterado tanto la letra como el espíritu de ambos cuerpos legales, violando así lo preseripto por los arts. 86, ine. 29, y 67, inc. 11, de la Constitución Nacional.

Y. E. tiene reiteradamente declarado que cenando se pretende «someter asu consideración una cuestión constitucional con base en una supuesta colisión de dos normas de derecho común que el juez de la causa ha declarado compatibles —eomo sucede en el presente enso— no procede la apertura de la instancia de excepción, en razón de que no podría modificarse lo resuelto por la sentencia sin revisar al propio tiempo la interpretación de la ley común hecha por el tribunal (Fallos: 117:7 ; 136:1315 189:182 y sis citas, entre otros).

En tales condiciones, no habiéndose articulado en el escrito de interposición del recurso extraordinario otros agravios que los que se vinculan con las disposiciones constitucionales citadas,

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Año: 1965, CSJN Fallos: 263:156 
Extraido de : https://fallos.ar/csjn/tomo-263/pagina-156

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